Liquidación de gananciales
Pago del IBI y de la cuota comunitaria hasta la liquidación de vivienda atribuida al cónyuge
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un caso bastante común cuando una pareja se separa, pero tarda mucho tiempo en liquidar (repartir y “cerrar cuentas” de) la sociedad de gananciales. Aquí, tras una sentencia de separación, la exesposa siguió viviendo en la que había sido la vivienda familiar y, durante años, fue ella quien pagó gastos como el IBI (el impuesto municipal de la vivienda) y las cuotas de la comunidad de propietarios, tanto de la vivienda como de la plaza de garaje. Cuando llegó el momento de hacer el inventario para liquidar gananciales, ella pidió que esas cantidades se incluyeran como una deuda a su favor dentro del “pasivo” del inventario (es decir, como algo que la sociedad —y, en definitiva, ambos— le debía).
En primera instancia y en apelación le dijeron que no ya que como esos gastos se habían generado después de la disolución de la sociedad de gananciales, no tocaba meterlos en el inventario, y que, además, la vivienda y el garaje tenían una naturaleza “mixta” (parte privativa y parte ganancial, con porcentajes distintos para cada uno). Sin embargo, el TS corrige ese criterio.
El TS explica, de forma clara, que tanto el IBI como las cuotas de comunidad no se pagan por “usar” la casa, sino por ser propietario. Son gastos ligados a la propiedad (lo que en la práctica significa que no desaparecen porque uno de los dos tenga atribuido el uso de la vivienda). Por eso, aunque se hayan devengado después de la disolución y antes de que se termine de liquidar, deben tratarse como deudas de la sociedad (o de la comunidad postganancial) y, en consecuencia, incluirse en el pasivo del inventario como crédito a favor de quien los pagó.
Por ello el Tribunal Supremo estima el recurso y ordena incluir en el pasivo del inventario los importes del IBI y de la comunidad abonados por la exesposa tras la separación.
En controversias respecto a los gastos de la vivienda familiar tras la crisis familiar o durante y después de la tramitación de un proceso de familia nuestros profesionales le proporcionarán la oportuna asistencia legal y emprenderán las actuaciones que en su caso correspondan
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