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Seguridad vial

Error sobre la conducción de patinete eléctrico que excede los límites legales de VMP

Seguridad vial

Un hombre fue sancionado por la Policía cuando circulaba sin carnet en un patinete eléctrico de los grandes que además no tenía asiento ni autoequilibrado, pero su motor de 600W le permitía pasar de los 40 km/h. El juez lo condenó por conducir un vehículo a motor sin permiso, ya que ese patinete, por su potencia y velocidad, no es un simple vehículo de movilidad personal (VMP), sino que legalmente es un ciclomotor (y para eso hace falta permiso).

El acusado recurrió alegando que no pensaba que hiciera falta carnet, porque la tienda le dijo que era un VMP y porque la normativa no le parecía clara. Sin embargo, la Audiencia Provincial (AP) no le da la razón. Según la AP, cualquier persona medianamente informada y cuidadosa debía saber que ese tipo de patinete necesitaba licencia —especialmente porque incluso en la web de la tienda avisaban que, para ajustarse a las reglas, había que limitar su velocidad a 25 km/h, y que el aparato podía pasar de 40 km/h.

La AP aclara que, cuando uno se pone a manejar cualquier aparato potencialmente peligroso en la vía pública, tiene la obligación de informarse bien. Por tanto, el error alegado por el conductor no resulta válido. ¡Ojo con este tema: informarse antes de comprar y usar estos vehículos es imprescindible!

La única concesión que le hizo el tribunal fue rebajar el importe diario de la multa, ya que era más alto que el que había pedido la Fiscalía.

En actuaciones que traigan causa de hechos derivados de la conducción de vehículos a motor nuestros abogados se ponen a su disposición para la defensa de sus intereses

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